Nueva línea de anticipos ICO

El Gobierno, a través del Ministerio de Sanidad y Consumo y del Instituto de Crédito Oficial, ha abierto una Línea de mediación de anticipos a cuenta, de los reembolsos que, en su día, determine la Administración de Justicia, para los afectados por la intervención judicial de las empresas AFINSA BIENES TANGIBLES S.A., y FORUM FILATÉLICO S.A., con una dotación económica de hasta 500 millones de euros.

El objetivo de estas ayudas es contribuir a superar especiales circunstancias de precariedad económica, de manera transitoria, hasta tanto no finalice el procedimiento judicial.

BENEFICIARIOS

Podrán ser beneficiarios de esta línea de crédito aquellos afectados que figuren como acreedores en los procedimientos concursales de Afinsa y Forum Filatélico, cuyos créditos hayan sido reconocidos en dichos procedimientos.

IMPORTE MÁXIMO DEL ANTICIPO

Cada afectado podrá recibir hasta el 17,5% del importe total de sus créditos reconocidos en el procedimiento o los procedimientos concursales que le afecten, independientemente del número de créditos que le sean reconocidos, siempre que esa cantidad no supere el límite de 6.000 euros.

Para aquellos colectivos en situación de especial dificultad económica, el límite de anticipo se ampliará hasta el 40% del importe reconocido en el procedimiento concursal y el importe podrá ascender hasta los 15.000 euros.

Se considerará que un beneficiario se encuentra dentro de dicho colectivo, si reúne de forma acumulativa los siguientes factores:

Estar en situación de desempleo, jubilación o discapacidad oficialmente reconocida o ser perceptor de prestaciones económicas del sistema de Seguridad Social inferiores en su conjunto al salario mínimo interprofesional.

Ser titulares de un patrimonio neto, determinado conforme a las reglas de valoración de la Ley 19/1991, de 6 de junio, del Impuesto sobre el Patrimonio, inferior a la cuantía fijada como mínimo exento en el artículo 28.2 de la citada Ley. Para calcular esta cuantía no se computarán los derechos reconocidos en los procesos concursales de Forum y AFINSA. 

Ser perceptor a los efectos del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas, de rentas brutas anuales no superiores a 22.000 euros.

Los afectados que hubieren formalizado un préstamo con anterioridad a 15 de marzo de 2008, podrán firmar un préstamo adicional por el importe máximo de la diferencia respecto a nuevos los importes máximos de anticipo indicados.

CONDICIONES

El tipo de interés final para el prestatario será del 0% y no se podrá aplicar comisión alguna.

PLAZO DE AMORTIZACIÓN

El plazo de amortización será de 5 años y se hará de una sola vez al vencimiento del mismo. En el caso de que, con anterioridad a este plazo, se recuperen las cantidades debidas en el seno de los procedimientos concursales, dichas cantidades se aplicarán necesariamente a la amortización del anticipo recibido.

AMORTIZACIÓN VOLUNTARIA

La amortización anticipada voluntaria no conllevará penalización y podrá realizarse en cualquier momento de vida del préstamo.

VIGENCIA

Esta medida estará abierta hasta el 31 de diciembre de 2008 o hasta la fecha de resolución del procedimiento concursal, si ésta fuera anterior.

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